El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, con la cual se establecen las cuotas que, atendiendo a la clasificación de la mercancía, servirán para determinar dichos impuestos.
El dictamen, aprobado en lo general con 448 votos a favor y 33 abstenciones, se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
Con 261 votos a favor, dos abstenciones y 211 en contra, se avalaron los artículos reservados en términos del dictamen.
El presidente de la Mesa Directiva, diputado Sergio Gutiérrez Luna, explicó que el dictamen corresponde a una minuta que devolvió la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.
“Para conocimiento de la asamblea, la discusión de este dictamen versará únicamente sobre las modificaciones a las siguientes fracciones arancelarias: 2404.11.01, 8543.40.01, la eliminación de la fracción arancelaria 8543.40.99 y la modificación al artículo primero del proyecto de decreto”, dijo.
El dictamen indica que se ajustó la redacción de la fracción arancelaria 8543.40.01, para establecer la prohibición de importación y exportación de los cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos y electrónicos similares, incluyendo aquellos dispositivos novedosos y emergentes que utilicen tabaco calentado, los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares Sin Nicotina y Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina Similares.
La otra modificación, permite al Servicio de Administración Tributaria contar con un plazo de 180 días, después de la entrada en vigor de la ley, para actualizar los sistemas utilizados en las operaciones de comercio.